Nos acaban de aclarar desde el servicio de atención de GVA la situación respecto al Decreto publicado hoy una duda que teníamos respecto a las restricciones en PELUQUERÍAS Y CENTROS DE ESTÉTICA (os vuelvo a remitir el resumen)
2. Medidas en locales comerciales.
Los locales comerciales y las superficies comerciales cerrarán a las 18:00 horas. Se exceptúa de lo anterior, la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales, únicamente para la venta de dichos productos, así como los departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas que se puedan encontrar en el interior de los establecimientos.
El aforo máximo permitido estará visible en la entrada. En los locales comerciales y de prestación de servicios, incluidos los ubicados en los centros comerciales, no está permitido el uso de zonas comunes y recreativas de parques comerciales, excepto para el tránsito entre establecimientos comerciales.
Pues bien, tanto peluquerías como centros de estética deben dejar de dar servicio a las 18:00 horas, ahora bien, las peluquerías podrán seguir abiertas para la VENTA de productos.
Esto es para peluquerías y centros de estética de la Comunidad Valenciana.
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