Ponemos a vuestra disposición un resumen con la información más relevante del último programa de subvenciones para la transformación en indefinidos de contratos temporales publicado en el DOGV.
El objetivo de este programa es fomentar la conversión a indefinido de contratos temporales de las personas ocupadas con contratos de carácter no indefinido, que figuran inscritas como demandantes de empleo (mejora de empleo) en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y formación hasta el momento de la conversión a indefinido de su contrato y que prestan servicios en la empresa desde hace, al menos, 30 días.
¿A QUIÉNES VAN DIRIGIDAS ESTAS AYUDAS?
a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los servicios sociales de cualquier administración pública.
b) Personas desempleadas de larga duración.
c) Personas mayores de 50 años.
d) Personas con diversidad funcional.
e) Personas menores de 30 años.
f) Mujeres.
g) Colectivos de personas desempleadas u ocupadas que se determinen mediante resolución del titular de la Dirección General del SERVEF, en consonancia con la normativa o la estrategia europeas, estatales o autonómicas en materia de empleo.
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL EMPRESARIO?
1. Mantener el empleo creado durante 2 años, con posibilidad de sustitución por otra persona desempleada
2. Mantener la plantilla media de la empresa desde la transformación, durante esos 2 años
3. La conversión del contrato temporal (bien sea a jornada parcial o a tiempo completo) tiene que ser a jornada completa. El contrato inicial temporal no deberá tener pactado un período de prueba igual o superior a 2 meses.
En todo caso, la concesión de estas subvenciones queda condicionada a la existencia fondos. Es decir, cuanto antes se haga y se pida la subvención más posibilidades hay de que haya fondos y os la puedan conceder.
¿DE QUÉ IMPORTES SON LAS SUBVENCIONES?
Hombre 11970€ y
Mujeres 13.300€
¿CUÁLES SON LOS PLAZO DE PRESENTACIÓN?
Inicie día siguiente publicación del extracto de esta Resolución en DOGV núm. 8742 (02/19/2020) y finalizará 30 de junio de 2020.
Información completa de la resolución aquí
https://www.alonsolledoasesores.es/
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